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Derechos humanos y transnacionales: un mensaje de esperanza

5 de setiembre de 2014 - No. 179 - Año 2014

Aldo Caliari

El Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, decidió conformar un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta encargado de elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales.

Los defensores de los derechos humanos tienen un motivo para celebrar. El 26 de junio, el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, reunido en Ginebra, decidió conformar un grupo de trabajo intergubernamental de composición abierta encargado de elaborar un instrumento internacional jurídicamente vinculante sobre las empresas transnacionales y otras empresas comerciales.

La resolución no solo constituye un gran logro en sí misma sino que también envía un poderoso mensaje de esperanza a quienes sufren abusos y violaciones de sus derechos como consecuencia del crecimiento incontrolado de la influencia empresarial, para la cual no existen fronteras. Esto demuestra que cuando la gente se organiza más allá de sus fronteras, y actúa políticamente, todavía puede hacer la diferencia.

La resolución se logró a pesar de que no existían muchas posibilidades. Las empresas ejercieron una gran presión, directamente y a través de su influencia sobre los gobiernos de mayor peso, para que la resolución no prosperara. De hecho, varios gobiernos no resistieron la presión y votaron en contra en el Consejo de Derechos Humanos, como fue el caso de Estados Unidos y muchos países europeos, mientras que otros prefirieron abstenerse.

La aprobación, que una semana antes parecía imposible, fue posible gracias a la acción de numerosas personas y comunidades, especialmente un grupo de redes y organizaciones que bajo la Treaty Alliance trabajaron colectivamente para organizar una campaña en apoyo a la creación de una reglamentación internacional vinculante que abordara los abusos a los derechos humanos por parte del poder empresarial. De hecho, seiscientas diez organizaciones de la sociedad civil y los movimientos sociales y cuatrocientas personas de noventa y cinco países firmaron una declaración que reclama un instrumento internacional jurídicamente vinculante.

En ninguna otra parte las limitaciones a las vías para buscar una reparación ante los abusos a los derechos humanos sufridos a manos de empresas transnacionales resultan más evidentes que en la impunidad de las empresas financieras. A pesar de los impactos bien documentados que la reciente crisis financiera mundial tuvo sobre los derechos humanos, las víctimas se enfrentan a tantos obstáculos que finalmente les resulta imposible obtener alguna reparación por los actos de omisión de las empresas financieras.

Pero probablemente la crisis financiera solo sea la cúspide de las tendencias que caracterizan el funcionamiento de las empresas financieras en tiempos normales, facilitadas por operaciones transfronterizas que no van acompañadas de mecanismos de rendición de cuentas transfronterizos.

En caso de duda, no hay más que observar el fenómeno de la planificación fiscal, que priva a los países de ingresos que resultan cruciales para poder cumplir con las obligaciones en materia de derechos humanos y, sin embargo, se lo considera algo perfectamente legal. O la acción de los fondos de cobertura cuando afectan el arduamente buscado alivio de la deuda y las ganancias de reestructuración, aprovechándose de la ausencia de un marco internacional para exigir a los acreedores una respuesta en una situación de crisis de la deuda soberana.

En lugar de dar respuesta a los reclamos de que las empresas deben hacerse responsables de sus actos, éstas a menudo tuvieron un acceso privilegiado al proceso de determinación de las respuestas normativas y políticas a la crisis. Según un estudio reciente de las Naciones Unidas, “una fuerza importante que moldea la gobernanza a escala nacional e internacional lo constituyen las grandes empresas, que cabildean a favor  de leyes y políticas que sirvan a sus intereses”.

La falta de responsabilidad en materia de derechos humanos revela un marcado contraste con las protecciones que las empresas transnacionales pueden obtener en virtud de los Acuerdos Bilaterales de Inversión y los Tratados de Libre Comercio, que han permitido que las éstas demanden a los Estados.

La influencia que tienen las empresas a la hora de diseñar las normas es un factor crucial que explica por qué los esfuerzos por lograr que rindan cuentas de sus actos se han visto sistemáticamente frenados, a pesar de haber surgido regularmente en la agenda política internacional desde el surgimiento de las propias empresas transnacionales.

Si bien los Principios Rectores de las Naciones Unidas sobre Empresas y Derechos Humanos, adoptados en 2011, reafirmaron que las empresas tienen la responsabilidad de respetar los derechos humanos, esos principios son una iniciativa voluntaria y, sobretodo, una iniciativa cuya aplicación se basa en la cooperación de las propias empresas. Como tales, son una contribución importante, pero no se puede esperar que sirvan como única herramienta para exigir responsabilidad a las empresas.

Un tratado con obligaciones vinculantes no es una garantía, y hay que reconocer que muchas cosas podrían salir mal con él. Pero lo que se puso de manifiesto en el debate del Consejo de Derechos Humanos fue que el mantenimiento del statu quo simplemente no era aceptable. Urge probar otra cosa. Víctimas de todo el mundo se negaron a que «más de lo mismo» sea la respuesta a su difícil situación.

Aldo Caliari es Director del Proyecto Repensando Bretton Woods del Center of Concern de Washington.

Artículo publicado originalmente en inglés en rightingfinance: www.rightingfinance.org/


Publicado: 5 de setiembre de 2014 - No. 179 - Año 2014

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