El engañoso efecto de la proliferación de patentes
3 de octubre de 2014 - No. 183 - Año 2014
Carlos M. Correa
El constante aumento en la solicitud y concesión de patentes que se observa en los países industrializados y algunos en desarrollo -particularmente en China-, es frecuentemente asociado con el avance de la innovación a escala mundial. Pero este aumento no corresponde a un genuino progreso en la innovación. Al contrario, indica una desviación del sistema de patentes del objetivo para el que fue creado: recompensar a quienes contribuyen al progreso tecnológico mediante la invención de nuevos productos y procesos.
La proliferación de patentes refleja, en gran medida, el bajo nivel de requerimientos por parte de las autoridades que las conceden. El otorgamiento de patentes que no implican una verdadera invención sustrae conocimiento del dominio público y refrenan la legítima competencia.
El bajo nivel de requerimientos estimula la presentación de solicitudes. Este problema afecta a varios sectores. Por ejemplo, se estima que Nokia tiene unas treinta mil patentes relativas a la telefonía móvil, mientras que Samsung tiene treinta y un mil.
La proliferación es particularmente elevada y problemática en el sector farmacéutico, donde grandes empresas tratan de adquirir portafolios de patentes para extender la exclusividad de las licencias más allá de su expiración, mediante el agregado de nuevos componentes. Esta estrategia de “reverdecer” las patentes permite a las empresas mantener fuera del mercado a los productores de medicamentos genéricos, y por lo tanto, exigir precios más elevados que los que tendrían que aceptar en un escenario competitivo. Solo un ejemplo: la patente básica de paroxetina, un antidepresivo, expiró en 1990, pero gracias a patentes “secundarias” se mantendrá protegido hasta 2018.
La proliferación de patentes “secundarias” o “espurias” implica altos costos para los pacientes y los sistemas de salud pública.
Para evitar la proliferación de patentes no innovadoras a nivel nacional es posible adoptar algunas medidas compatibles con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), ya que la Organización Mundial del Comercio autoriza a los países miembros a diseñar y aplicar sus propias legislaciones sobre patentes.
La política más efectiva que los gobiernos pueden adoptar es la aplicación rigurosa de los requerimientos mediante un detallado examen de las solicitudes de patentes. El Acuerdo sobre los ADPIC no define el concepto de “invención” ni cómo deben ser interpretados los requerimientos. Las leyes nacionales pueden diferenciar las invenciones de los descubrimientos, y exigir que las primeras sean el resultado de actividades innovadoras y no simplemente materias preexistentes, como substancias naturales.
Aunque en algunos países se admiten criterios discutibles sobre innovación, no hay razones para aceptar tales prácticas en otras jurisdicciones.
En algunos países se conceden patentes basadas en uno o más elementos que formaban parte de una concesión anterior. Este procedimiento es un eficaz medio de reverdecimiento, ya que la protección se extiende por todo el período de una patente, generalmente de veinte años.
Mientras en China, Estados Unidos y la Unión Europea se consienten bajos estándares de innovación, es de público interés imponer criterios más exigentes, especialmente en los países del Sur en desarrollo. Un criterio riguroso es el medio más eficaz para evitar la concesión injustificada de derechos de patente.
En virtud del espacio que el Acuerdo sobre los ADPIC deja a los países para encuadrar sus propias definiciones dentro de sus prácticas y sistemas legales, los gobiernos pueden optar por diversos métodos para asegurar que solo se concedan patentes justificadas, incluso la introducción de requerimientos específicos en la legislación nacional.
Un ejemplo notable es el de la legislación de India, enmendada en 2005 para incorporar estándares específicos para poder patentar productos químicos y farmacéuticos. En un juicio planteado por la corporación suiza Novartis en contra del rechazo de la solicitud presentada para un fármaco (Imatinib mesylate), la Corte Suprema de India confirmó el fallo en razón de que el producto no cumplió con los criterios de invención.
Un ejemplo de la introducción de normas en la legislación sobre patentes es el de Argentina, donde en 2012 el gobierno aprobó requisitos para evitar el reverdecimiento de patentes sobre productos y procesos farmacéuticos.
Por último, las autoridades nacionales pueden diferenciar los distintos tipos de tecnología, de modo de tener en cuenta las distintas características de cada sector y los objetivos públicos, por ejemplo en relación a los fármacos genéricos. Se trata de una necesaria respuesta a la diversidad de tecnologías, y por lo tanto, es una condición indispensable para establecer un sistema equilibrado de protección que asegure neutralidad entre los diversos actores en competencia.
Carlos M. Correa es Director del Centro de Estudios Interdisciplinarios de Propiedad Industrial y Economía de la Universidad de Buenos Aires y asesor especial sobre comercio y cuestiones de propiedad intelectual del Centro del Sur.
Publicado: 3 de octubre de 2014 -
No. 183 - Año 2014
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