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Desafíos y oportunidades para el próximo director general de la OMS

28 de abril de 2017 - No. 306 - Año 2017

Germán Velásquez

La Organización Mundial de la Salud (OMS) se encuentra en un momento crucial de su historia en el que no solo puede, sino que debe, adoptar medidas para cumplir su misión de velar por la salud pública. Este es el reto que deberá afrontar el nuevo director general que será elegido en mayo de 2017. Este año es el último año del mandato de la actual directora general, Margaret Chan, quien ha luchado durante nueve años por mantener una agenda pública para la organización que ha sido difícil de aceptar y apoyar para algunos países industrializados y fundaciones filantrópicas.

No serán suficientes las buenas intenciones y el trabajo arduo del próximo director general, como ha sido el caso de la actual directora. El compromiso de todos los países miembros de apoyar la idea de un organismo público independiente que pueda fijar las normas para responder a los desafíos de salud pública de los próximos veinte años, es fundamental.

Entre los principales problemas y desafíos que deberá afrontar el nuevo director general se encuentran los siguientes:

La disyuntiva entre la función pública o privada de la OMS

El principal y más grave problema de la OMS ha sido la pérdida progresiva del control del presupuesto ordinario, público y obligatorio. La organización se está privatizando cada vez más. En menos de 20 años el presupuesto de la OMC pasó de ser financiado en más del 50 % mediante fondos públicos constituidos por las cuotas de los miembros, a tan solo entre un 18 % y un 20 % hoy en día.  Actualmente la OMS (aproximadamente un 80 % de su presupuesto) está en manos de fundaciones filantrópicas como la Bill y Melinda Gates Foundation, de unos cuantos países industrializados que proveen fondos para fines específicos y de multinacionales farmacéuticas con gran influencia política (Big Pharma). Estas contribuciones voluntarias se concentran en las prioridades en materia de salud decididas por los proveedores de financiación y no por los Gobiernos de los países miembros de la organización.

Resulta muy extraño que una organización como la OMS no tenga una filosofía ni normas claras sobre la financiación pública y privada.  La OMS debería definirse como un organismo público internacional y por consiguiente, al menos un 51 % de su presupuesto debería ser público. En el mismo sentido, con el fin de preservar su independencia, ningún contribuyente al presupuesto de la organización debería dar más del 15% o el 20% del presupuesto total.

La disyuntiva que enfrentan los países miembros de la OMS y el nuevo director general es clara: elegir entre la función de gestionar proyectos financiados por el sector privado y el sector filantrópico o reconstruir un organismo público e independiente para defender la salud pública. El aumento del presupuesto ordinario es la única manera de garantizar que la OMS siga desempeñando su labor fundamental sin tener que seguir constantemente las prioridades impuestas por los donantes.

Las difíciles negociaciones sobre el Marco para la colaboración con agentes no estatales aprobado finalmente por la 69.ª Asamblea Mundial de la Salud (2016) guardan una estrecha relación con la pérdida de control del presupuesto ordinario.

La adopción del Marco para la colaboración con agentes no estatales es la conclusión de un proceso iniciado hace cinco años como parte de la reforma de la OMS en 2011. El Marco ocupaba un lugar central en el debate en torno a la naturaleza de la organización. ¿Cuál será el futuro papel de las diferentes categorías de organizaciones no gubernamentales (ONG) sin fines o con fines de lucro, las ONG no comerciales, así como el de la industria privada y las fundaciones filantrópicas?

En lugar de crear una política integral sobre conflictos de intereses, como lo deseaba la mayoría de los países en desarrollo, en la resolución se pide a la directora general que «en las directrices para el personal incluya medidas relativas a la aplicación de las disposiciones pertinentes previstas en las políticas actuales de la OMS respecto de los conflictos de intereses, con el fin de facilitar la aplicación del Marco para la colaboración con agentes no estatales». Sin embargo, no está claro que actualmente la OMS tenga estas políticas, con excepción del formulario de declaración de intereses para los miembros de los diversos comités de expertos que usa actualmente la organización y suele ser objeto de crítica.

En la resolución también se pide a la directora general que en 2019 lleve a cabo una evaluación de la aplicación del Marco para la colaboración con agentes no estatales y que presente los resultados de esta evaluación junto con las eventuales propuestas de modificación al Consejo Ejecutivo en enero de 2020.

La disyuntiva a la que se enfrentará el próximo director general es esperar hasta enero de 2020 para conocer el resultado de la evaluación y saber si el Marco para la colaboración con agentes no estatales representa un progreso con relación al statu quo actual o comenzar su mandato aclarando cuál es la naturaleza de la organización.

La disyuntiva entre resoluciones voluntarias o instrumentos vinculantes

En mayo de 2012 una resolución aprobada por la Asamblea General de la Salud en Ginebra (Geneva) representó un primer paso hacia un cambio en el modelo operacional dominante de la OMS, es decir, promover la salud mediante resoluciones voluntarias.

La resolución de la OMS da seguimiento al informe del Grupo consultivo de expertos en investigación y desarrollo:  financiación y coordinación (GCEID), que recomendó iniciar negociaciones sobre un convenio internacional vinculante para promover la investigación y desarrollo (I+D) de medicamentos.

Contar con un tratado o convenio mundial vinculante negociado en la OMS permitiría lograr una financiación sostenible de la I+D de medicamentos seguros y útiles a precios asequibles para la población y los sistemas públicos de seguridad social.   La adopción de un convenio de este tipo en el marco de la OMS con base en el artículo 19 de su Constitución, también permitiría replantearse la gobernanza mundial de la salud. La negociación de instrumentos mundiales y vinculantes sobre cuestiones de salud de interés mundial es quizás la idea más prometedora del papel que podría desempeñar la OMS en el futuro.

En 2012 el GCEID de la OMS recomendó a los Estados Miembros emprender las negociaciones para adoptar un instrumento internacional jurídicamente vinculante en virtud del artículo 19 de la Constitución de la OMS, al considerarlo la mejor forma de crear un marco adecuado para garantizar el establecimiento de prioridades, la coordinación y el financiamiento sostenible de medicamentos asequibles para los países en desarrollo. El GCEID afirmó que es necesario establecer un instrumento jurídicamente vinculante sobre I+D para garantizar la financiación y coordinación adecuadas para fomentar la I+D, necesaria para combatir las enfermedades que afectan principalmente a los países en desarrollo.

Sin embargo, la principal recomendación del GCEID, poner en marcha las negociaciones sobre un acuerdo internacional sobre I+D biomédica, no ha sido considerada por los Estados miembros de la OMS (ni en las deliberaciones ni en la discusión sobre la resolución durante la 69.ª Asamblea Mundial de la Salud) debido la oposición política de los países desarrollados.

Lamentablemente, se ha perdido una oportunidad histórica para ponerse al frente de la importante cuestión del acceso a los medicamentos en el entorno económico y social actual.

La disyuntiva entre la fijación de normas y la ayuda humanitaria

Otro problema importante que deberá resolver el nuevo director general es el dilema entre constituir un organismo normativo encargado de la formulación y la creación de normas internacionales; la administración del Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y la creación de acuerdos vinculantes sobre salud mundial; o ser un organismo humanitario que pone en práctica los proyectos financiados por la comunidad internacional que suele competir con las tareas de otros organismos y a veces, duplicarlas.  Lo ideal sería que la OMS desempeñara de la mejor manera posible su importante función normativa y que desempeñara asimismo una función operacional para prevenir y responder a las emergencias, las enfermedades nuevas y emergentes y a las crisis de salud en los países pobres.  Sin embargo, sus limitados recursos financieros provienen en gran parte de contribuciones voluntarias y no del presupuesto ordinario, con lo cual será difícil para la OMC lograr un equilibrio.  El peligro es que la función reglamentaria y normativa de la OMS sea cada vez menos importante y que siga careciendo de los recursos suficientes para poder ejercer su función operativa.

La mayor dificultad actualmente es la encrucijada entre lo que desean unos pocos donantes, lo que la Organización hace y lo que el mundo necesita hoy en día de un organismo de las Naciones Unidas dedicado a la salud.

Notas:

65.ª Asamblea Mundial de la Salud WHA65.22 «Seguimiento del informe del Grupo consultivo de expertos en investigación y desarrollo: financiación y coordinación», 26 de mayo de 2012. conocido con la sigla inglesa de CEWG.

Artículo de la Constitución de la OMS que confiere a la organización autoridad adoptar convenciones o acuerdos internacionales vinculantes.  Este artículo fue usado solo una vez desde que existe la OMS con la adopción en 2003 del Convenio Marco de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para el Control del Tabaco (CMCT OMS).

Centro del Sur, Nota de antecedentes del Programa de Innovación y Acceso a los Conocimientos sobre la 69.ª Asamblea Mundial de la Salud que tuvo lugar entre el 23 y el 28 de mayo de 2016.

Germán Velásquez es asesor especial en materia de salud y desarrollo del Centro del Sur.


Publicado: 28 de abril de 2017 - No. 306 - Año 2017

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